Bienaventurados los Pobres

Ley 26.117 Promoción del microcrédito para el desarrollo de la economía social

Establece la promoción y regulación del microcrédito, a fin de estimular el desarrollo integral de las personas, los grupos de escasos recursos y el fortalecimiento institucional de organizaciones no lucrativas de la sociedad civil que colaboren en el cumplimiento de las políticas sociales. Objetivos y Definiciones. Créase el Programa de Promoción del Microcrédito para el Desarrollo de la Economía Social y el Registro Nacional de Instituciones de Microcrédito. Exenciones de impuestos y tasas.

Citación

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina ALBERTO BALESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan Estrada., “Ley 26.117 Promoción del microcrédito para el desarrollo de la economía social,” Bienaventurados los Pobres, consulta 21 de septiembre de 2024, https://bepe.org.ar/biblioteca/items/show/103.

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